TY - JOUR AU - SALA, RAMÓN ALBERTO PY - 2020/09/09 Y2 - 2024/03/29 TI - CAUSALISMO Y FINALISMO EN EL DERECHO PENAL: “DOS ÓPTICAS ANALÍTICAS DEL DELITO, CON DISTINTAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS EN SU APLICACIÓN PRÁCTICA. JF - Conexiones JA - Conexiones-UCP VL - 1 IS - 3 SE - DO - UR - http://ojs.ucp.edu.ar/index.php/conexiones/article/view/277 SP - 390-396 AB - <p>Las teorizaciones realizadas en torno a la dogmática penal, han expuesto – a través del tiempo- distintas concepciones en relación a los elementos estructurales del delito (acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad).</p><p>La teoría del delito se exhibe como una estructura sistemática y por ende exigente de una coherencia interna en la relación entre <br>sus elementos, por lo cual, admitidos como ciertos los limites con-<br>ceptuales de uno de ellos, tal posición es determinante en la con-<br>figuración de los limites conceptuales de los elementos restantes.<br>El establecimiento del concepto de la “acción” en el plano del <br>análisis dogmático penal; ha sufrido un revolucionario efecto científico, cuando las aguas de la concepción causalista, fueron sacudidas por las arrasadoras ideas del maestro alemán Hans Welzel.<br>El cambio de un concepto de acción hasta ese momento aplicable solo en el ámbito del derecho penal; por una nueva concepción que toma a la acción en su real dimensión ontológica; implicó la reconfiguración conceptual de los restantes elementos estructurales del delito; generándose así la confrontación científica de dos grandes corpus teóricos – el causalismo y el finalismo- , ambos de considerable predicamento entre los estudiosos de la teoría del delito. <br>En el presente trabajo, se analizaran las implicancias teóricas <br>y pragmáticas, que pueden extraerse de las teorías causalistas y finalistas de la acción.<br>Se comenzara por exponer sucintamente las ideas de la tesis <br>causalista de la acción, en sus dos versiones ( casualismo naturalista o mecanicista y casualismo valorativo o neoclásico); posteriormente se expondrán las críticas que Hans Welzel formulo a la teoría causalista y la estructuración teórica del finalismo que propugna el mencionado maestro de Boon; y por último, caminaremos desde la teoría hacia la práctica, verificando en un hipotético caso de la realidad, las consecuencias jurídico penales y jurídicos generales, que aparejan las aplicaciones de enseñanzas de ambas construcciones teóricas analizadas.<br><br></p> ER -